El Congreso comenzó a analizar proyectos que buscan incorporar un régimen específico de cierre de minas al Código de Minería. La discusión incluye garantías financieras, responsabilidades empresariales y mecanismos para asegurar la recuperación ambiental de las áreas intervenidas.
El cierre de una explotación minera es una de las etapas centrales de la planificación de un proyecto. Una vez finalizada la actividad productiva, quedan tareas que pueden extenderse durante años, como la estabilización de instalaciones, el control de posibles impactos ambientales y el monitoreo del área intervenida.
En ese contexto, el Senado de la Nación abrió el debate sobre la necesidad de establecer un marco regulatorio específico para el cierre de minas en Argentina. El 21 de octubre, las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y de Ambiente y Desarrollo Sustentable realizaron una reunión informativa en la que se presentaron dos iniciativas orientadas a incorporar un Régimen de Cierre de Minas al Código de Minería.
Garantías financieras y responsabilidad ambiental
Uno de los ejes centrales de la discusión es cómo asegurar que existan recursos disponibles para ejecutar las tareas de cierre y remediación, incluso cuando una empresa deja de operar o atraviesa dificultades económicas.
Entre las alternativas que se encuentran bajo análisis aparecen mecanismos de garantías financieras y fondos destinados a cubrir las obligaciones ambientales. La discusión también alcanza el alcance de las responsabilidades de las compañías y las herramientas que tendría el Estado para exigir el cumplimiento de los compromisos asumidos.
Una de las propuestas contempla la posibilidad de constituir un fideicomiso con aportes vinculados a la actividad minera. Durante el debate, el senador sanjuanino Bruno Olivera Lucero cuestionó la alternativa de inmovilizar un porcentaje del 2% durante períodos que podrían extenderse por décadas, y planteó interrogantes sobre su aplicación práctica.
El punto refleja una de las cuestiones que deberá resolver una eventual regulación: cómo garantizar fondos suficientes para el cierre sin establecer mecanismos que resulten difíciles de sostener para los proyectos durante toda su vida útil.

¿Qué normativa existe actualmente?
El debate no parte de un vacío normativo absoluto. En 2021, la Secretaría de Minería de la Nación aprobó, mediante la Resolución 161/2021, los Lineamientos Generales para el Cierre de Minas con Garantías Financieras en la República Argentina.
Esa resolución estableció pautas generales e invitó a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adoptar esos lineamientos. Sin embargo, el tratamiento legislativo actual apunta a avanzar en un régimen específico incorporado al Código de Minería, con reglas que deberán definirse a partir de las iniciativas presentadas y el debate parlamentario.
Por eso, el alcance que finalmente tenga una nueva norma dependerá del texto que logre consenso, de los instrumentos de garantía que se establezcan y de cómo se articulen las responsabilidades nacionales y provinciales en materia minera y ambiental.
Un debate relevante para las provincias mineras
Para jurisdicciones como San Juan, donde la minería metalífera tiene un peso importante en la actividad económica, el cierre de minas es un asunto que trasciende el final de la producción. También involucra la planificación de largo plazo, la protección ambiental, la previsibilidad para las inversiones y las condiciones en las que quedan los territorios y las comunidades vinculadas a los proyectos.
La definición de garantías financieras puede ser determinante para evitar que los costos de remediación recaigan sobre el Estado o las comunidades cuando una explotación deja de operar. Al mismo tiempo, el diseño de esas herramientas deberá contemplar las características de cada proyecto y los plazos propios de la actividad.
La reunión en el Senado concluyó con la intención de convocar a un nuevo encuentro, con fecha todavía por definir, para continuar el análisis e incorporar a otros actores vinculados con el tema.
Por el momento, las iniciativas siguen en etapa de discusión y no constituyen una ley aprobada. El próximo paso será avanzar en el intercambio entre legisladores, representantes del sector y otros actores interesados para definir un marco que combine garantías ambientales, responsabilidades claras y viabilidad operativa.
Fuente de la noticia y crédito fotográfico: Senado de la Nación Argentina.
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