Sección UrgenteReforma laboral en San Juan: convenios por empresa y la alerta de informalidad en la pequeña minería

Reforma laboral en San Juan: convenios por empresa y la alerta de informalidad en la pequeña minería

El nuevo marco regulatorio modifica las relaciones de trabajo en la minería sanjuanina. La prevalencia de los acuerdos por empresa frente a los convenios colectivos de actividad y las frágiles condiciones laborales en pequeñas caleras locales emergen como los ejes centrales del análisis del abogado laboralista y ex Subsecretario de Trabajo de la provincia, Dr. Roberto Correa Esbry

Uno de los pilares más trascendentes de la reforma laboral en la industria extractiva es la posibilidad legal de suscribir convenios colectivos por empresa con preeminencia sobre los convenios generales de actividad. Según explica el Dr. Roberto Correa Esbry, este mecanismo altera de manera drástica el orden de prelación que rigió en el derecho del trabajo argentino.

El especialista destaca que la nueva legislación faculta a las operadoras a negociar con sus trabajadores condiciones específicas adaptadas a cada yacimiento, invirtiendo la pirámide de negociación colectiva:

«En materia sindical hubo modificaciones muy importantes también en materia de negociación colectiva, esto de invertir el orden de prelación de los convenios colectivos de trabajo. Ya el convenio de la empresa prevalece sobre el convenio por actividad, cuando antes siempre fue al revés».

Esta descentralización de la negociación colectiva implica que cada proyecto minero desarrollará su propio cuerpo normativo, adaptado a sus particulares necesidades operativas, logísticas y de esquemas de turnos (roster). Correa Esbry detalla cómo se plasmará esta fragmentación normativa en el mapa minero de San Juan:

«Por eso Vicuña y AOMA y ASIJEMIN están haciendo esos tipos de convenios porque los autoriza la ley y les da más valor que el convenio por actividad que tengan… Ahora va a pasar que Barrick va a tener un convenio propio. Con esto Vicuña va a tener otro, Los Azules va a tener otro, Glencore a través del Pachón va a tener otro, Casposo capaz que también termine teniendo otro convenio colectivo de trabajo».

El ex Subsecretario de Trabajo enfatiza que estos acuerdos fijarán reglas singulares sobre aspectos críticos del trabajo en alta montaña:

«Pactarán normas de trabajo distintas en donde lo fundamental es la diagramación horaria, de qué manera son los traslados y si se reconocen como tiempo de servicio… los turnos, el roster que tienen los trabajadores mineros de 14 por 14, 14 por 7, 21 por 7».

Asimismo, la preeminencia de los convenios por empresa reconfigura el mapa gremial. Sindicatos de base como la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y la Asociación Sindical del Personal Jerárquico, Profesional y Técnico de la Actividad Minera (ASIJEMIN) tienden a centralizar la representación, relegando la participación de otros gremios específicos (como la construcción o la gastronomía):

«Con la preeminencia de los convenios por empresa, pueden llegar a unificar en AOMA y en ASIJEMIN casi todas las actividades».

Las dos realidades: gran minería vs. la precariedad en la pequeña minería
El análisis de Correa Esbry traza una clara divisoria de aguas entre la gran minería metalífera de alta montaña y la pequeña minería o producción de cal en el llano y precordillera sanjuanina. Mientras que las multinacionales cumplen estrictos estándares internacionales de seguridad y cobertura de Riesgos del Trabajo (ART) como «regla de oro», la pequeña minería presenta graves déficits de registro y protección social.

Al abordar la situación de los yacimientos menores y las canteras caleras de departamentos como Sarmiento. Albardon y Jáchal, el especialista advierte sobre niveles críticos de vulnerabilidad laboral:

«Hay otro sector que es importante y que es la pequeña minería y ahí hay signos de informalidad complicados. El sector de la cal, la cantera de piedra caliza… hay mucha informalidad y en eso hay que poner el ojo, sobre todo en los sectores de la CAL que se trabaja fundamentalmente… la zona de Sarmiento y Jáchal».

A diferencia de las grandes mineras —que además cotizan en bolsa y están sujetas al control de sus contratistas para no incurrir en responsabilidad solidaria—, las caleras y canteras pequeñas albergan esquemas donde persisten abusos patronales e inobservancia de los convenios colectivos marco (como los convenios 36, 37 y 38/89). Ante este escenario, Correa Sbry reclama una intervención estatal y sindical decidida:

«Yo creo que hay que controlar y hay que mejorar las condiciones para que obviamente no se produzcan situaciones de abuso fundamentalmente por parte de empleadores que muchas veces tienen los recursos, pero no se los reflejan en los trabajadores».

Balance de la reforma: flexibilización y la necesidad de contralor
Al evaluar el alcance general de la reforma laboral en el mercado de trabajo y el sector minero en particular, Correa Esbry sostiene que las promesas iniciales de la norma no se han materializado en una mayor formalización o paz social:

«La reforma nació fundamentalmente para combatir la informalidad, para combatir la litigiosidad laboral y para generar una flexibilidad en el mercado del trabajo. Hasta el momento no se han visto el cumplimiento de esos objetivos».

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